Contratar a un empleado extranjero: permiso de residencia y tasa del empleador
Antes de contratar a un ciudadano extranjero ya presente en Francia, el empleador debe verificar que su permiso de residencia sea válido y que le autorice a ocupar su nuevo puesto. Según el perfil del candidato, pueden aplicarse trámites específicos y el pago de una tasa del empleador.
En resumen
- Antes de cualquier contratación, el empleador debe verificar que el candidato extranjero que ya reside en Francia disponga de un permiso de residencia en vigor y comprobar los derechos laborales y la autenticidad del permiso de residencia.
- No todos los permisos de residencia autorizan el ejercicio de una actividad asalariada, o solo bajo condiciones.
- En determinadas situaciones, es necesario un cambio de estatus antes del inicio del contrato de trabajo.
- En la primera admisión a la residencia en calidad de asalariado, puede ser exigible una tasa del empleador.
¿El permiso de residencia permite la actividad asalariada?
Antes de cualquier contratación de un candidato extranjero ya presente en Francia, el empleador debe asegurarse de que el permiso de residencia presentado esté en vigor y que autorice explícitamente el ejercicio de una actividad asalariada correspondiente al puesto propuesto.
El empleador debe verificar las condiciones laborales vinculadas al permiso de residencia, especialmente en materia de tipo de contrato, remuneración, cualificación o sector de actividad.
¿Qué autorización de trabajo según el permiso de residencia?
No todos los permisos de residencia autorizan las mismas actividades en Francia. Algunos autorizan cualquier actividad asalariada, otros solo permiten una actividad accesoria o quedan limitados a una situación profesional precisa.
Categoría | Permisos de residencia | Condiciones |
|---|---|---|
| Autorización de cualquier actividad asalariada o no asalariada | Vida privada y familiar, residente, miembro de familia de un ciudadano europeo, talento familia… | Ninguna restricción específica, excepto profesiones reguladas. |
| Autorización de cualquier actividad asalariada bajo condiciones | Talento – Tarjeta azul europea, talento asalariado cualificado, talento asalariado de una empresa innovadora | Cumplimiento de los criterios de elegibilidad del permiso. |
| Autorización de actividad a título accesorio únicamente | Estudiante, APS, RECE | Cambio de estatus necesario para un empleo asalariado principal. |
| Autorización vinculada a una autorización de trabajo | Asalariado, trabajador temporal, permiso plurianual asalariado | Nueva autorización requerida para cada contrato. |
| Autorización de actividad comercial únicamente | Empresario / profesión liberal, talento creador de empresa, representante social | Cambio de estatus en la prefectura requerido. |
Fuente: Business France
*actividad ejercida en paralelo a los estudios. El estudiante está autorizado a trabajar el 60% de la duración legal, es decir, 964 h durante el periodo de validez del permiso de residencia
El cambio de estatus
Cuando el permiso de residencia no permite el ejercicio del empleo previsto, el ciudadano extranjero debe iniciar una solicitud de cambio de estatus, en principio entre 4 y 2 meses antes de la expiración del permiso en vigor.
Las solicitudes de permisos «talento» se realizan en la plataforma dedicada, mientras que las demás solicitudes se presentan ante la prefectura del lugar de residencia, según modalidades que pueden variar localmente.
¿Cómo verificar la autenticidad de un permiso de residencia?
Todo empleador que desee contratar a un candidato extranjero está obligado a verificar la autenticidad del permiso de residencia como máximo 48 horas antes de la contratación.
Esta verificación se realiza ante la prefectura del lugar de trabajo, según las modalidades precisadas por esta (correo electrónico, formulario o dirección dedicada).
Para los estudiantes, la solicitud debe dirigirse a la prefectura de su lugar de residencia.
Este trámite permite al empleador asegurarse de que el documento presentado es auténtico y de que el candidato está autorizado a trabajar en las condiciones previstas por su permiso.
Inicio de actividad
Si el permiso de residencia en posesión no permite ejercer la actividad asalariada prevista, el contrato de trabajo solo podrá comenzar tras la obtención de una decisión favorable de la Prefectura sobre la solicitud de cambio de estatus. La respuesta de la Prefectura, o en su defecto, la solicitud formulada a la Prefectura competente se anexa al registro del personal, junto con la copia del permiso de residencia.
¿Qué es la tasa del empleador?
La tasa del empleador es una contribución financiera debida en la primera admisión a la residencia en calidad de asalariado de un trabajador extranjero o de la acogida de un asalariado desplazado en Francia.
Es recaudada por la Dirección General de Finanzas Públicas (DGFiP).
Todo empleador que contrate a un asalariado extranjero o acoja a un asalariado desplazado es en principio responsable de esta tasa, salvo casos de exención.
El empleador debe estar en condiciones de presentar un documento recapitulativo de las contrataciones afectadas.
Determinadas situaciones dan derecho a exención, especialmente cuando el empleador contrata:
- Ciudadanos de la UE, del EEE, de Suiza o asimilados.
- Titulares de permisos de residencia específicos (talento, residente, vida privada y familiar, estudiante, asalariado desplazado ICT).
- Asalariados para una misión de menos de tres meses.
- O cuando se trata de un empleo de carácter familiar o doméstico en el domicilio de un particular.
Determinadas estructuras, como los organismos públicos de investigación, las fundaciones reconocidas de utilidad pública, los establecimientos de enseñanza superior o las fundaciones y establecimientos públicos de cooperación científica, también pueden estar exentos.
El importe varía según la naturaleza y la duración del contrato:
- Contrato ≥ 12 meses: 55% del salario bruto mensual, con un límite de 2,5 SMIC
- Contrato entre 3 y 12 meses: entre 50€ y 300€ según el salario mensual bruto del interesado.
- Empleo de temporada: 50€ por mes de actividad, completo o incompleto.
- Joven profesional (acuerdo bilateral): entre 50€ y 300€ según el salario mensual bruto del interesado.
La tasa del empleador se declara y paga según las modalidades aplicables al IVA de la empresa, mediante los formularios fiscales correspondientes, en el momento previsto por el régimen de imposición del empleador.
Calcula tu tasa
Para ayudar a calcular el importe de la tasa del empleador que debe incluirse en el formulario de IVA, la Dirección General de Finanzas Públicas (DGFiP) pone a disposición una ficha de ayuda al cálculo.