Carrera internacional y derechos de jubilación
La movilidad internacional tiene un impacto directo en los derechos de jubilación de los empleados. Los empleadores deben comprender las normas aplicables para informar a sus colaboradores y anticipar las consecuencias de una carrera ejercida en Francia y en varios países.
En resumen
- La jubilación es una preocupación importante para los empleados internacionales; los empleadores deben anticipar y explicar las normas aplicables.
- La jubilación en Francia se basa en una pensión básica y una pensión complementaria obligatoria.
- Los períodos trabajados en el extranjero pueden tenerse en cuenta según el país y los acuerdos aplicables.
- En la UE, el EEE y Suiza, se aplica un mecanismo de totalización de los períodos de seguro.
- Fuera de la UE, las normas dependen de la existencia y el contenido de los convenios bilaterales de seguridad social.
- Debe realizarse una solicitud específica para hacer valer los derechos relacionados con una carrera internacional.
¿Cómo funciona la jubilación en Francia?
En Francia, para los empleados del sector privado, la pensión básica es abonada por el régimen general de la Seguridad Social. La edad legal de jubilación se fija en 62 años y 9 meses para las personas nacidas a partir del 1 de enero de 1969. A partir de 2028, está previsto aumentar progresivamente la edad legal de jubilación a 64 años.
- El importe de la pensión
La pensión se calcula en base a la renta media anual, calculada sobre los 25 mejores años, así como el número de trimestres validados durante la carrera. - Los trimestres
Se consideran trimestres validados:
- Los trimestres cotizados (actividad profesional).
- Los trimestres asimilados (enfermedad, maternidad, accidente de trabajo, desempleo, etc.).
- Algunos trimestres relacionados con el nacimiento o la educación de los hijos.
Solo los períodos efectivamente afiliados al régimen francés dan derecho a prestaciones en este régimen.
- La pensión completa
Para beneficiarse de una pensión completa, se requiere un número mínimo de trimestres según el año de nacimiento:
- De 1964 a marzo de 1965: 170 trimestres validados
- De abril a diciembre de 1965: 171 trimestres validados
- A partir de 1966: 172 trimestres validados
A los 67 años, la pensión completa se concede automáticamente, incluso si no se alcanza el número de trimestres requeridos. En caso de trimestres faltantes, puede aplicarse una reducción del importe de la pensión.
Todos los empleados también cotizan a una pensión complementaria obligatoria, gestionada por Agirc-Arrco (Asociación General de Instituciones de Jubilación de Ejecutivos – Asociación para el Régimen de Jubilación Complementaria de Empleados).
- Las cotizaciones pagadas permiten adquirir puntos de jubilación adicionales.
- El número total de puntos acumulados se convierte en pensión en el momento de la jubilación.
- Esta pensión se suma a la pensión básica.
Cuando un empleado ha tenido varias experiencias profesionales en diferentes países, las reglas de cálculo de la jubilación pueden variar.
Para más información sobre la pensión complementaria, puede visitar directamente el sitio web de Agirc-Arrco.
¿Cómo funciona la jubilación?
¿Qué pensión después de una carrera internacional?
Cuando una trayectoria profesional incluye períodos de trabajo en el extranjero, el cálculo de los derechos depende de:
- la legislación francesa
- los reglamentos europeos
- o los acuerdos de seguridad social celebrados entre Francia y otros Estados.
Empleadores y empleados deben anticipar el impacto de la movilidad internacional en la jubilación.
Caso particular: el desplazamiento
Durante un desplazamiento al extranjero, el empleado permanece, en principio, afiliado al régimen de seguridad social de su país de origen. Los períodos de desplazamiento se tienen en cuenta en este régimen, y no en el del país de acogida. Cuando un empleado es desplazado a Francia desde el extranjero, permanece afiliado al régimen del Estado de origen y no cotiza al régimen francés durante el período en cuestión.
¿Qué pensión después de una carrera en la Unión Europea, el EEE o Suiza?
Los Estados de la UE, del EEE y Suiza aplican un mecanismo de coordinación de los sistemas de jubilación.
Un empleado que haya trabajado en Francia y en uno o varios otros Estados miembros puede hacer valer todos los períodos cumplidos en estos países para la apertura de sus derechos.
A tener en cuenta:
Un período trabajado en Francia genera derechos en Francia, incluso si el empleado termina su carrera en otro país europeo. No hay pérdida de derechos en caso de movilidad intraeuropea: cada Estado conserva la responsabilidad de los períodos cumplidos en su territorio.
Este mecanismo permite sumar los períodos trabajados en diferentes países y verificar si se cumplen las condiciones para la apertura de derechos.
Los períodos trabajados en cada Estado se suman para determinar si el empleado alcanza la duración de seguro requerida para beneficiarse de una pensión de jubilación.
Cada Estado procede luego a su propio cálculo:
- Calcula el importe de la pensión según su propia legislación.
- Tiene en cuenta, en su caso, todos los períodos cumplidos en los otros Estados para verificar las condiciones de apertura de derechos.
- Luego abona únicamente la parte correspondiente a los períodos realmente trabajados en su territorio.
El empleado percibe, por tanto, varias pensiones distintas, una por cada país implicado, calculadas según las legislaciones propias de cada Estado afectado.
¿Qué pensión después de una carrera en la UE y en un país fuera de la UE?
Cuando un empleado ha trabajado tanto en un Estado de la UE, el EEE o Suiza como en un país vinculado a Francia por un convenio bilateral, se aplica la regla de cálculo más favorable para el asegurado, siempre que los acuerdos aplicables lo permitan.
Según la regla de cálculo elegida, algunos períodos trabajados en el extranjero podrían no tenerse en cuenta de la misma manera. Esta elección puede tener consecuencias en la edad de jubilación y el importe de las pensiones.
Algunos convenios bilaterales autorizan la consideración de períodos trabajados en un tercer país. Sin embargo, esto solo es posible si dicho país está vinculado por separado a cada uno de los dos Estados signatarios mediante un acuerdo de seguridad social que así lo prevea.
¿Qué pensión después de una carrera fuera de la UE, EEE o Suiza?
Cuando la carrera se ha desarrollado en Francia y en uno o varios Estados terceros a la UE, el EEE o Suiza, los derechos de jubilación dependen de la existencia o no de un convenio bilateral de seguridad social entre Francia y el país en cuestión.
Cuando un convenio bilateral cubre el riesgo de vejez, pueden aplicarse tres mecanismos según el convenio firmado:
1. El cálculo separado de las pensiones
Cada Estado calcula la pensión únicamente sobre la base de los períodos trabajados en su territorio, sin coordinación y según su legislación nacional. El organismo competente no tiene en cuenta los períodos de seguro en el otro Estado.
Este mecanismo es aplicable cuando el convenio bilateral de seguridad social prevé y cubre la jubilación y el riesgo de vejez (ej.: Estados Unidos o Argelia).
2. La comparación entre dos cálculos
El importe se obtiene comparando el cálculo por totalización/prorrateo de los períodos de seguro y el cálculo separado. Se retiene entonces el importe más ventajoso.
Este mecanismo es aplicable cuando el convenio bilateral de seguridad social prevé y cubre la jubilación y el riesgo de vejez (ej.: Brasil o Canadá).
3. El derecho de opción
El asegurado elige entre:
- La totalización de los períodos de seguro (ver más arriba).
- El cálculo separado de las pensiones (ver más arriba).
Este mecanismo es aplicable si el empleado ha trabajado en dos países que han firmado un convenio que prevé el derecho de opción y si ejerce su elección dentro del plazo establecido por el convenio (ej.: Israel, Mali…).
Cada país calcula la jubilación de forma independiente, sin tener en cuenta los períodos trabajados en el otro Estado.
Esto puede dar lugar a una carrera fragmentada y a derechos parciales en cada uno de los países.
Actor clave: el CLEISS
El CLEISS (Centro de Enlaces Europeos e Internacionales de Seguridad Social) es el organismo francés encargado de coordinar los regímenes de seguridad social con el extranjero. Facilita los trámites de los asegurados y garantiza la continuidad de sus derechos durante la movilidad internacional.
¿Cómo solicitar la jubilación con una carrera internacional?
La jubilación internacional nunca es automática. La solicitud debe ser presentada por el empleado:
- Ante el organismo de jubilación del Estado de residencia.
- En su defecto, ante el organismo del último Estado en el que el empleado trabajó.
¿Qué trámites hay que realizar?
- Recopilar todos los períodos trabajados en Francia y en el extranjero (fechas precisas, empleadores, países implicados).
- Identificar los reglamentos europeos o convenios aplicables a cada período
- Verificar las condiciones para la apertura de derechos en cada Estado (edad legal, duración de seguro requerida, etc.)
- Comprender las reglas de cálculo de los derechos para los períodos que pueden ser contabilizados.
- Presentar las solicitudes ante los organismos competentes.
Se recomienda especialmente la anticipación cuando la carrera se ha desarrollado en varios Estados.
Documentos justificativos
Se recomienda conservar todos los justificantes relativos a los períodos de actividad en el extranjero (contratos de trabajo, nóminas, certificados de afiliación o desplazamiento, informes de vida laboral).
Los empleadores contribuyen a la seguridad de la trayectoria conservando los archivos sociales y entregando, a petición del empleado, los certificados necesarios.