Desplazar a un empleado desde la Unión Europea a Francia

Un empleador establecido en otro Estado europeo puede enviar temporalmente a un empleado a trabajar en Francia. Bajo ciertas condiciones, este puede seguir afiliado al régimen de seguridad social de su país de origen.

Verificado el 11 de mayo de 2026

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En resumen

  • El desplazamiento intracomunitario afecta a los empleados enviados temporalmente a Francia por un empleador establecido en la UE, el EEE o Suiza.
  • Bajo ciertas condiciones, el empleado puede seguir afiliado a la seguridad social de su país habitual de empleo.
  • Las cotizaciones sociales se siguen pagando en el Estado de origen.
  • El desplazamiento debe declararse antes de la salida por parte del empleador y justificarse mediante el formulario A1.

¿Qué es un empleado desplazado intracomunitario?

Un empleado desplazado intracomunitario es un empleado enviado temporalmente a Francia por un empleador establecido en otro Estado de la UE, del EEE o en Suiza.

Realiza una misión limitada en el tiempo, conservando su contrato de trabajo con el empleador de origen y el vínculo de subordinación durante toda la duración de la misión.

Bajo ciertas condiciones, puede seguir afiliado al régimen de seguridad social de su país habitual de empleo, de conformidad con los reglamentos europeos de coordinación de la seguridad social. En ese caso, las cotizaciones sociales las paga el empleador en dicho Estado.

Declaración SISPI

Todo desplazamiento a Francia, sea cual sea la nacionalidad del empleado, debe ser objeto de una declaración previa de desplazamiento por parte del empleador con sede en el extranjero, utilizando el teleservicio “Sipsi” del Ministerio de Trabajo.

Acceder a Sipsi

¿Cuáles son las condiciones del desplazamiento?

La situación de desplazamiento se reconoce cuando se cumplen varias condiciones.

¿Cuál es la duración del desplazamiento?

La duración máxima del desplazamiento intracomunitario es de 24 meses.

Se puede conceder una prórroga excepcional, sujeta a un acuerdo entre las autoridades competentes del Estado de origen y las del Estado de acogida, de conformidad con los reglamentos europeos de coordinación de la seguridad social.

Esta prórroga requiere el acuerdo del organismo que expidió el formulario A1, así como la aprobación de las autoridades francesas, a través del Centro de Enlaces Europeos e Internacionales de Seguridad Social (CLEISS).

¿Cuáles son los derechos del empleado desplazado en Francia?

Durante el desplazamiento, el empleado se beneficia de la cobertura de su asistencia sanitaria en Francia en el marco del seguro de enfermedad-maternidad, en condiciones similares a las de un asegurado del régimen francés y según las modalidades de coordinación europea.

Para ello:

  • El empleado debe solicitar el documento S1 a su organismo local de protección social antes de la salida.
  • Después, inscribirse en la CPAM de su lugar de residencia en Francia.

Los miembros de la familia que residan en Francia durante el desplazamiento (cónyuge, pareja, hijos menores) también pueden beneficiarse de esta cobertura.

¿Cuál es el procedimiento a seguir?

Para el empleador

  1. Informar al organismo competente del país de origen del desplazamiento.
  2. Solicitar el formulario A1, que certifica la legislación de seguridad social aplicable.

Para el empleado

  1. Solicitar el documento S1 al organismo de seguro de enfermedad del país de afiliación.
  2. Enviar el documento S1 a la CPAM en cuanto llegue a Francia.

Una vez inscrito, el empleado y su familia se benefician de la cobertura de los gastos sanitarios (asistencia, hospitalización, tratamientos).

¿Cómo preparar la prórroga y el fin del desplazamiento?

Descubre el vídeo de la Comisión Europea dedicado a la protección social dentro de la UE

Comisión Europea